Fiscalidad y Declaración de Criptomonedas y Acciones en España

En España todo el asunto de las criptomonedas no ha tenido una perspectiva legal clara. Sin embargo, su uso no es ilegal en el país, por lo que las personas están en la obligación de pagar sus impuestos según las condiciones que el fisco de la nación establezca.

Alrededor de este tema por lo general hay muchas dudas al respecto y especulaciones que suelen confundir a los que hacen uso de criptomonedas. Es por ello que a continuación aclararemos y explicaremos lo que debe saber al respecto.

Legislación española de Hacienda referente a las criptomonedas

Entre las mayores preocupaciones de quienes usan las criptomonedas en España van enfocadas al pago que se debe hacer de impuestos por su uso. La situación de esto es que en España no existe una ley concisa en Hacienda con respecto a su uso. Por ello, suele haber mucha confusión al respecto.

Aún así, Hacienda deja muy en claro que estos tenedores de criptomonedas deben hacer el pago de impuestos dependiendo de su situación y para ello brindan diversas premisas. En este país, los principales impuestos que se pagan al Fisco son estos:

  • Impuesto al Patrimonio
  • Impuesto de la Renta
  • Impuesto al Valor añadido

En adición a estos se pagan otros impuestos que se establezcan en las leyes tributarias locales, municipales o estadales. Estas leyes también pueden afectar a los usuarios de criptos y algunas son:

  • Donaciones y sucesiones
  • Impuestos sobre sociedades
  • Impuestos sobre las actividades económicas

El problema que enfrentan los usuarios e inversores de criptos es que no hay alguna relación clara respecto a la determinación de los impuestos a pagar según la legislación. Por ello y para que se entienda mejor, explicaremos los impuestos que deben pagar las personas físicas por concepto de criptomonedas.

El IRPF y las criptomonedas en España

Entre las mayores preguntas de los usuarios de criptos, es si se realiza una operación de cambio de una criptodivisa a otra, ¿Cuánto se debe pagar en renta? Con respecto a esto, Hacienda establece que se debe tributar cada cambio que se realice, aun si este no ha pasado por el Fiat.

Esto se debe hacer especialmente si se ha obtenido ganancias por la operación. Si no hay movimientos ni ganancias, no habrá tributos que pagar. En caso que no se haya realizado ningún tipo de movimiento y aún así la criptomoneda aumento su valor y adquirió ganancias, no se debe declarar.

Otro punto que ha dejado bastante claro Hacienda es que quien se dedique a la minería de criptomonedas esta actividad se considera como una actividad fiscal. Esto implica que el usuario está en la obligación de cumplir con todas las obligaciones de seguridad social y fiscales.

En el caso del cloud mining, las airdrops, el lending, entre otras, estas aun no cuentan con una regulación legal por pate de la Hacienda. Por ello, esto por ahora solo se asocia legalmente con las actividades que si haya dejado en claro Hacienda.

El IVA y las criptodivisas

Este si bien es un punto importante, aun no queda muy en claro, debido a que no queda claro si la compra, venta y cambio de criptos generan IVA. Esto implica que en caso de realizar estas operaciones no se debe agregar el 21% correspondiente al IVA.

Esto es diferente si compra algún bien o servicio y pague mediante el uso de criptomonedas. Esto se debe a que el bien o servicio si conlleva su correspondiente Impuesto al Valor Añadido, pese a que lo pague con criptomonedas o con euros.

En caso de ser un minero de criptomonedas, la ley de Hacienda también ha declarado que  no es necesario que se facture con IVA. Esto se debe a que las criptos no cuentan con clientes definidos en sus bloques.

El problema, con ello es que tampoco se puede deducir el IVA, debido a que esta actividad no genera facturas con IVA. Esto implica que no puede deducir el IVA de los equipos de minería. De igual manera, tampoco se puede deducir el alquiler de la nave.

Impuesto sobre el Patrimonio y las criptos

La diferencia de este impuesto con respecto a los demás, es que con este se le obliga al ciudadano a que declare y pague por los bienes que se tengan. No obstante, en cada comunidad autónoma se establece el mínimo del monto que se considerara como exento del pago del impuesto.

Este mínimo estándares de unos setecientos mil euros, aunque hay algunas otras comunidades donde el mínimo es cuatrocientos mil euros, tales como en Aragón. Esto implica que un ciudadano tiene en bienes calculados unos seiscientos mil euros, deberá declarar y pagar este impuesto.

Con respecto a este impuesto, al momento de hacer el cálculo al final del año y encontrar que se tienen criptomonedas, se debe calcular también este valor y sumarlo a los demás bienes. De esta manera, también se debe presentar y pagar este impuesto incluyendo nuestras criptos.

¿Debo declarar y pagar impuestos en caso de perdidas?

Una vez que entendemos que los impuestos se deben pagar únicamente cuando tenemos beneficios, esta demás que se explique lo que ocurre si tenemos perdidas. Esto se debe a que a pesar de ser una dura realidad, cuando operamos con criptomonedas no siempre se obtienen ganancias.

Sin embargo, las personas que trabajan con criptomonedas de forma regular deben saber que al operar se pueden compensar las pérdidas con las ganancias patrimoniales. Esto implica que se compensan las rentas tanto de inversiones, como de ahorros, así como pérdidas y ganancias del patrimonio.

Es decir que los usuarios de criptos pueden pagar sus impuestos a través de los beneficios reales que estos hayan obtenido como resultado del monto o conjunto total de sus inversiones. Es decir que el monto total de sus pérdidas se pueden cubrir con el monto total de sus ganancias en operaciones pasadas.

Ante este escenario, para declarar y pagar sus impuestos, solo debe declarar el monto total de la diferencia entre estas dos. La norma con respecto a esto es que se pueden compensar las pérdidas con las ganancias, siempre y cuando estas sean de un mismo tipo de producto de inversión.

La explicación de Hacienda con respecto a este tema

Según las normas tributarias que emana Hacienda, se deben dividir las rentas de ahorro y del capital por mobiliario, así como las demás pérdidas y ganancias que se hayan obtenido en el patrimonio. En el caso del capital mobiliario, estos van a incluirse en los dividendos de los derechos por acciones.

En el caso de las pérdidas y ganancias patrimoniales, estas son un poco más amplias y estas se incluyen en prácticamente todas las inversiones. Estas pueden ser desde criptomonedas, hasta fondos de inversión u oro. Aquí también se pueden incluir las ventas de objetos de segunda mano.

Aún así, se debe tener en cuenta que las compensaciones de pérdidas y ganancias se realizan hasta un máximo de un 20%. Por ello, si después de su inversión sigue teniendo perdidas, debe saber que solo lo puede compensar con un máximo del 20% de lo que concierne al capital mobiliario.

Esto se compensa con la renta obtenida en el ejercicio económico del año anterior.

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